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Considera que el intercambio de obras protegidas por Internet es lícito si no se realiza con ánimo de lucro comercial

Son muchos los que han pregonado y pregonan la legalidad del intercambio de archivos a través de Internet. Ahora también lo hace el Fiscal General del Estado en una circular del 5 de mayo sobre los Delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial tras la reforma de la Ley Orgánica 15/2003. (sigue...)
Según la Fiscalía, "las conductas relacionadas con la utilización de nuevas tecnologías, para la comunicación u obtención de obras protegidas, tales como las de colocar en la Red o bajar de Internet o las de intercambio de archivos través del sistema P2P, sin perjuicio de poder constituir un ilícito civil, frente al que los titulares podrán ejercitar las correspondientes acciones en dicha vía, no reúnen, en principio, los requisitos para su incriminación penal si no concurre en ellas un ánimo de lucro comercial".



Texto completo: Consumer.es

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